El legislador previó el evento en que se presenta cualquier interesado con un presunto derecho sobre la masa sucesoral y no está de acuerdo con la partición propuesta, en ese caso el notario tiene la obligación de dar por terminada la actuación iniciada, explicó la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia.
En el caso bajo estudio los actores pidieron declarar la nulidad absoluta de la partición realizada en una sucesión y, en consecuencia, volver las cosas al estado anterior, es decir, cancelar los registros de transferencia de la propiedad o de cualquier gravamen o limitación de dominio posteriores a la inscripción de la demanda y condenar a los convocados a pagarles los perjuicios que les ocasionaron con la ocultación de sus nombres en la solicitud que dio lugar al acto reprochado.