En sentencia del 9 de Noviembre, la corte indicó que los requisitos básicos para la prosperidad de filiación en un hijo de crianza, es que:
- El padre brinde trato como un hijo
- Que haya proveído a su educación y establecimiento de un modo competente
- Le haya presentado ante la sociedad como hijo
- Que el vecindario tenga conocimiento que es hijo
Además de ello, se requiere de un lapso mínimo de 5 años consecutivos, hechos que tienen que ser probados por testimonios fidedignos, junto un amplio material probatorio.