El permiso para que los menores de 18 años y mayores de 14 años puedan contraer nupcias no es predicable de la unión marital de hecho. Esto constituye una de sus exclusiones. La voluntad responsable para conformar la unión marital surge de facto y el consentimiento de sus protagonistas aparece implícito. Y si su constitución no se encuentra sujeta a trámites previos, ningún escenario existiría para exigir y diligenciar el referido beneplácito.

#SalaCivil de @CorteSupremaJ declara procedente y válida unión marital y sociedad patrimonial entre adolescente y mujer mayor de edad. Jóvenes entre los 14 y 18 años no están impedidos para conformar unión libre ni necesitan permiso de sus padres, señala.