El Ministerio de Salud fijó las medidas de bioseguridad con el fin de mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia de coronavirus COVID -19 en el sector inmobiliario.
La resolución 890 de 2020 contempla medidas generales de bioseguridad que se deben adoptar por parte de la administración de los conjuntos residenciales con el fin de disminuir el riesgo de transmisión del virus humano a humano durante las actividades del sector.
- Crear línea de comunicación entre los residentes y administración con el fin de evitar su asistencia presencial en lo posible.
- Procurar que una sola persona del núcleo familiar saque las mascotas y lo realicen por fuera de las zonas comunes de la propiedad.
- El personal que labore el aseo, limpieza y desinfección y el que preste oficios varios y labores manuales en la propiedad horizontal debe tener en cuenta el plan de aseo y desinfección general de propiedad horizontal
- Se deberá realizar la desinfección minuciosa en todas las áreas comunes
- Se deberá implementar controles para la recepción de domicilios, correspondencia, ingreso de visitantes o mudanzas, así:
- Cada residente debe ir a la portería a recibir su domicilio directamente del domiciliario.
- La correspondencia debe encontrarse sellada
- Los visitantes deben cumplir con el protocolo de bioseguridad advirtiendo el uso de tapaboca, mantener el distanciamiento físico y la higiene de manos.
- Realizar el seguimiento de proveedores y contratistas, verificando que el destino y labores ejecutadas, sean los anunciados
- En un lugar visible de la copropiedad debe estar las líneas atención de las autoridades sanitarias y de emergencia
- La entrega de turnos y visitas de supervisores de vigilancia deben realizarse garantizando la distancia mínima de dos metros entre personas e implementado las medidas de manos y desinfección.
- Restricciones de uso de zonas comunes, hasta tanto ordenen el uso las autoridades sanitarias, deberá permanecer suspendido el ingreso a zonas comunes de uso esencial como: piscina, salón social, gimnasio, cancha de squash, spa; sin embargo, la administración deberá generar las adecuaciones que se requieran
Protocolos de Mudanzas en las copropiedades
- Los muebles deben estar previamente desinfectados al ingresar a la copropiedad
- Carta de autorización por parte de las empresas de mudanzas
- Solo se permite el ingreso de dos personas de logística
- Uso de elementos de protección por parte de la empresa de mudanzas
- se debe tener en cuenta los días y horarios establecidos citados en reglamentos de propiedad horizontal y el manual de convivencia
- no se podrá ejecutar mas de una mudanza diaria por torre, bloque o según la distribución de la copropiedad
- no se podrá negar la mudanza cuando cumpla con los protocolos de bioseguridad.
- Se deberá evaluar los días y horarios establecidos en el reglamento de propiedad horizontal o manual de convivencia.
- Una vez terminada la mudanza el personal de aseo de la copropiedad deberá hacer una desinfección de zonas como se indica en los protocolos de limpieza y especialmente en zonas de transito de personal de mudanzas o residentes del inmueble a ocupado